Cárcel a quien abandone a mujeres embarazadas

PUEBLA, Pue.-El Congreso de Puebla buscará castigar hasta con 6 años de prisión a los hombres que abandonen a su esposa o cónyuge en estado de embarazo.

La iniciativa fue presentada por el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Oswaldo Jiménez López para adicionar el artículo 346 Bis del Código Penal del Estado.

Ilustrativa

La propuesta de reforma plantea castigar con pena de 2 a 6 años de prisión, privación de los derechos de familia y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente para cuestiones alimentarias para quien:

“Estando en matrimonio o concubinato abandone a su cónyuge o concubina encontrándose en estado de gravidez a la que ha embarazado, aun cuando cuente con el apoyo de familiares o terceros”.

Para acreditar este delito se presumirá la paternidad del hombre al encontrarse en matrimonio o concubinato, salvo prueba en contrario;

el Ministerio Público y el Juez competente podrán desahogar pruebas de oficio para generar convicción sobre la paternidad.

Al momento de dictarse auto de vinculación de proceso en contra del cónyuge o concubino, el Juez de Control podrá hacer del conocimiento al Juez Familiar para que imponga pensión de alimentos provisionales, solicitando apoyo al Ministerio Público para que remita los antecedentes y registros de la carpeta de investigación, y el Juez Familiar resuelva lo conducente.


Fuente Estatal


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